SCJN ordena juzgar desapariciones de mujeres defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte determinó que la perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación constitucional en casos de defensoras desaparecidas.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al establecer que los órganos jurisdiccionales del país están obligados a juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos. La sentencia subraya que este enfoque no debe ser considerado una opción facultativa para los jueces, sino un mandato constitucional indispensable para garantizar el acceso a la justicia y la debida diligencia en investigaciones de alto impacto social.
Esta determinación surge ante la necesidad de reconocer que las mujeres que desempeñan labores de defensa en México enfrentan riesgos diferenciados debido a su género y al contexto de vulnerabilidad en el que desarrollan su activismo. La Corte argumentó que omitir estos elementos en los procesos judiciales perpetúa la impunidad y revictimiza a quienes han sido objeto de desaparición, impidiendo el esclarecimiento de los hechos y la protección de los derechos de las víctimas y sus familias.
La resolución detalla que el análisis interseccional permite a las autoridades judiciales identificar cómo convergen diversas formas de discriminación, como la condición social, la ubicación geográfica y el tipo de lucha que encabezaban las víctimas. Al integrar esta metodología, los jueces deberán examinar si la desaparición está vinculada directamente con la labor de defensa, lo cual exige una línea de investigación específica que agote todas las posibles causas relacionadas con su activismo.
Expertos en la materia señalan que este fallo marca un precedente importante para el Poder Judicial, pues obliga a las fiscalías y tribunales a abandonar los modelos de investigación tradicionales que ignoran el contexto de violencia sistémica. Se espera que esta medida facilite una mayor coordinación entre las instituciones federales y estatales encargadas de la búsqueda y procuración de justicia, asegurando que los expedientes no sean tratados como casos aislados.
Finalmente, la SCJN enfatizó que el incumplimiento de este estándar de juzgamiento constituye una violación a los derechos humanos y a las obligaciones internacionales suscritas por México. La sentencia vincula a las autoridades competentes a capacitar constantemente a su personal, con el objetivo de profesionalizar la atención y evitar que los prejuicios de género sigan obstaculizando la verdad en los procesos penales por desaparición.
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